sábado, 1 de agosto de 2009

Defensa del consumidor sancionó a Swiss Medical

Populardesanluis@yahoo.com.ar
La obra social Swiss Medical deberá pagar una multa de $ 15.000 a un afiliado.
La sanción surge a partir de la presentación realizada por un afiliado ,quien el 5 de abril de 2007 fue sometido a una intervención quirúrgica en la Clínica Italia con el fin de operar el tendón de Aquiles de su pierna derecha.
Al momento de la operación, el paciente no contaba con la autorización de Swiss Medical, por lo tanto debió solventar los gastos de los insumos importados utilizados en la intervención.
Por su parte Swiss Medical ofreció reintegrar la suma de $1.180. El monto propuesto surgió del valor que posee en el mercado una prótesis similar colocada al paciente pero de origen nacional.
Montiel Diaz, Jefe del Sub Programa de Comercio y Defensa del Consumidor, declaró: `` Swiss Medical no cumplió con el deber a su cargo porque fue el propio asociado el que tuvo que autoabastecerse de los insumos necesarios para su operación, con todo lo que eso implica, máxime si se tiene en cuenta que según se desprende de los dichos de la reclamada, el demandante debería haber hecho una suerte de estudio de mercado para determinar cuales eran los insumos de menor cotización, con toda la perdida de tiempo que eso puede conllevar mas aun cuando no se encontraba totalmente apto físicamente” . Aseveró
Otro de los motivos de la sanción, está fundado en la información errónea recibida por el afiliado al momento de suscribirse a Swiss Medical, ya que en ninguna parte se comunica que por operar la desregulación de los aportes que la esposa del demandante realizaba a su anterior obra social, se iba a tener una carencia distinta a la contratada.
Por último, tampoco se informó que al ser su esposa la que realizaba los aportes a su anterior obra social, era ella quien tendría los derechos a percibir los reintegros que correspondieran en virtud de la cobertura contratada, siendo que quien figuraba como asociado titular es el damnificado. Según reza resolución nº 48. (Ver aparte Resolución nº 48)

No hay comentarios: