viernes, 11 de noviembre de 2011

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Enrique Ponce recordó el 9 de noviembre del 2003

El 9 de noviembre, se cumplieron 8 años de las elecciones convocadas en 2003 por el entonces Intendente de la ciudad de San Luis, Carlos Ponce, cumpliendo lo expresado en la Carta Orgánica Municipal para convocar a comicios.
En aquel momento el gobierno provincial de los Rodríguez Saá recurrió a todos los artilugios posibles para avasallar la autonomía municipal y llamaron a “otras” elec-ciones para el 23 de noviembre.
Este atropello a la autonomía municipal generó dos intendentes y por lo tanto dos sedes municipales, una conducida por Daniel Pérsico que resultó electo en los comicios ordenados según la Carta Orgánica municipal; y por la inten-dencia paralela en los comicios dispuestos unilateralmente por el gobierno de Rodríguez Saá fue electa María Angélica Torrontegui.
La descabellada situación de dos muni-cipios paralelos en nuestra ciudad, y otras tantas situaciones de atropello y autoritarismo por parte del Gobierno Provincial, provocaron que el año 2004 en nuestra ciudad fuera escenario de la lucha por la autonomía municipal y también de sectores que estaban siendo al mismo tiempo violentados o ignorados en sus derechos. En esos días se vieron en nuestras calles las marchas multitudinarias más grandes que se recuerden y también la represión feroz por parte del ejecutivo provincial a las manifestaciones populares y sectoriales.
La situación obligó a llevar el caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación que en un fallo ejemplar y contundente en sus argumentos, el 24 de febrero de 2005, sentó un precedente indis-cutible en lo que a autonomía municipal refiere, considerando que las elecciones convocadas por el el legislativo municipal y el Intendente Carlos Ponce eran las que correspondían por Ley.
A 8 años de aquellos hechos ese fallo ejemplar que defiende la autonomía municipal, y el ejemplo y recuerdo de Carlos Ponce y tantos trabajadores municipales y ciudadanos en la defensa de la misma, son el principal legado que nos dejaron esos días.
La causa y el fallo hoy son material de estudio en todas las facultades de Derecho por lo inédito. No ha habido otro caso similar en el país. El fallo es considerado por los estudiosos del Derecho como la principal garantía emitida por la Corte Suprema de Justicia sobre las autonomías municipales.
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Minería a cielo abierto
La minería a cielo abierto del oro en Argentina supone dinamitar la roca superficial y llevarla a pequeñas dimensiones; montañas enteras son convertidas en rocas y luego trituradas hasta lograr pulverizarlas; para lo cual se usan maquinarias mineras de grandes dimensiones, conocidas como bulldozers. Para extraer el mineral (o minerales) deseados se mezcla esta roca pulverizada con una sopa química con reactivos como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico. Para este proceso se emplean enormes cantidades de agua y energía eléctrica.

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